El Gobierno Nacional ordenó el cierre de las oficinas públicas y municipales en todo el país los días lunes 16 y miércoles 18 de febrero de 2026, con motivo de las festividades del Carnaval, mediante el Decreto Ejecutivo N.° 3, promulgado este lunes.
La medida busca facilitar la participación ciudadana en las celebraciones y dinamizar el turismo interno, reconociendo al Carnaval como una tradición cultural de alto impacto social y económico para el país.
No obstante, el decreto establece que los servicios esenciales continuarán operando con normalidad, debido a la naturaleza crítica de sus funciones. Entre las entidades exceptuadas se encuentran:
- Hospitales, clínicas y policlínicas
- IDAAN
- Cuerpos de seguridad y de emergencia
- Metro de Panamá
- Servicio Nacional de Migración
- Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre
- Tocumen, S.A.
- Autoridad Nacional de Aduanas
- Entidades vinculadas a comercio internacional, puertos y aeropuertos
Reposición de horas laborales
Para garantizar la continuidad administrativa, el decreto establece que los funcionarios públicos deberán laborar una hora adicional después de su horario regular en fechas previamente definidas: 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 24, 26, 27, 28, 29 y 30 de enero, además del 2 de febrero de 2026.
Esta compensación permitirá evitar retrasos en trámites y asegurar el cumplimiento de los plazos administrativos establecidos por la ley.
Martes de Carnaval: descanso obligatorio
El documento recuerda que el martes 17 de febrero de 2026 será día de descanso obligatorio, conforme al Artículo 46 del Código de Trabajo, aplicable a nivel nacional.
Con estas disposiciones, el Gobierno busca un equilibrio entre el disfrute de las festividades, el impulso a la economía y la continuidad de los servicios públicos esenciales.














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