En Consejo de Gabinete, el presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó la Ley 481, que introduce modificaciones al régimen de intereses preferenciales en los préstamos hipotecarios. La norma, que entra en vigencia en enero de 2026, busca facilitar el acceso a la vivienda y dinamizar la economía a través del sector construcción.
El anuncio fue dado por el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Jaime Jované, quien explicó que la ley amplía la cobertura del subsidio estatal para las viviendas con un precio entre $80,000 y $120,000, con una tasa máxima subsidiada del 4% y una vigencia de 7 años no renovables.
“La nueva normativa representa mayor cobertura en el subsidio y en el tiempo, aumentando los años de apoyo y el rango de hipotecas beneficiadas”, aseguró Jované.
Alcance del subsidio
La Ley 481 establece dos tramos según la ubicación de la vivienda:
- Región 1: viviendas en las provincias de Panamá y Panamá Oeste.
- Región 2: viviendas en Colón y el resto del país.
En ambos casos, las hipotecas dentro del rango mencionado podrán acceder a la tasa subsidiada.
Impacto social y económico
El beneficio directo es para las familias de clase media y media baja que buscan adquirir su primera vivienda. Esto significa cuotas mensuales más bajas, lo que representa un alivio en un contexto de alto costo de vida.
De forma indirecta, la medida busca estimular al sector construcción e inmobiliario, generando empleos y reactivando la economía nacional.
Contexto normativo
La nueva ley modifica artículos de la Ley 468 de 2025, que a su vez había sustituido a la histórica Ley 3 de 1985, base del régimen de intereses preferenciales en Panamá.














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